De las urnas a los tribunales: creatividad política y reinvención institucional en democracias en transformación

Jesús Ricardo Miranda Medina

Jesús Ricardo Miranda Medina

Secretario Académico del Programa Universitario de Estudios sobre Democracia, Justicia y Sociedad (PUEDJS-UNAM)

28 mayo, 2025

Está quedando cada vez más claro que las primeras

evidencias conocidas de vida social humana se parecen

mucho más a un desfile de formas políticas que a las 

monótonas abstracciones de la teoría evolucionista. 

Si hay en todo esto un enigma es este: ¿por qué, tras

milenios de construir y desmontar formas de jerarquía,

el Homo Sapiens permitió que arraigasen formas

permanentes e intratables de desigualdad? 

(Graeber y Wengrow, 2023: 151).

I.

En “El amanecer de todo. Una nueva historia de la humanidad”, Graeber y Wengrow proponen el concepto de variación estacional para dar cuenta de la enorme potencia creativa existente en diversos “pueblos ancestrales” de todas las regiones del mundo, utilizada para construir o desmantelar distintas formas de organización social y política, dependiendo la estación del año y las necesidades adaptativas que ello compele.

En este sentido, Graeber y Wengrow describen cómo en ciertas regiones de Europa, América y Asia central (como el valle del Rin, la zona noroeste del pacífico americano o las estepas euroasiáticas), durante la llamada prehistoria humana, existían formaciones sociales y políticas que alternaban entre estructuras jerárquicas y estructuras igualitarias según la estación o temporada (2023, pp. 101-151).

  • Durante ciertas estaciones, como en invierno o en época de festivales, grandes grupos se reunían en centros rituales o urbanos. En ese momento, podían aceptar formas más jerárquicas: gobernantes, rituales elaborados, distribución centralizada de alimentos o bienes, incluso algunas formas de obediencia ritualizada.
  • En otras estaciones, como en verano, estos grupos se dispersaban en pequeños campamentos o comunidades móviles y vivían de modo más igualitario, con autonomía local y sin gobernantes permanentes. (Graeber y Wengrow, 2023)

Esto sugiere que las jerarquías no eran estructuras fijas, sino que podían asumirse y luego abandonarse de forma regular y consensuada. Traer a colación estos ejemplos es importante porque demuestra que:

  • Las jerarquías no eran inevitables ni permanentes, sino a veces funcionales y temporales.
  • Estas sociedades eran perfectamente capaces de manejar múltiples formas políticas, según las necesidades del momento.
  • La idea moderna de que solo podemos tener un tipo de organización —democracia liberal, Estado-nación, burocracia— es históricamente limitada
  • Antes, los humanos experimentaban activamente con diferentes modelos según el contexto y las estrategias de supervivencia necesarias para el colectivo.

De esta forma, Graeber y Wengrow usan este tipo de ejemplos para mostrar que los humanos prehistóricos no eran “primitivos” ni “inconscientes” de su organización social, sino imaginativos y reflexivos, capaces de diseñar su vida colectiva de manera flexible y deliberada. 

 

II.

A mí parecer, lo que veremos el próximo domingo 1º de junio de 2025 en México puede ser entendido como algo semejante a lo que acabamos de explicar con el concepto de variación estacional de Graeber y Wengrow. Todo el globo podrá seguir en tiempo real cómo los y las mexicanas, de facto y de iure, refundan su Poder Judicial. 

Podemos hacer una lectura de las elecciones judiciales en México como una forma de “variación estructural” o “experimento político deliberado” en el sentido que Graeber y Wengrow exploran. Aunque no es estacional en el sentido climático o cíclico, comparte un elemento clave: la posibilidad de reorganizar conscientemente una forma de autoridad. Veamos cómo se puede trazar el paralelismo.

a) Cambio deliberado en la forma de autoridad

Así como las sociedades premodernas elegían vivir bajo estructuras jerárquicas en ciertos momentos y luego las abandonaban para pasar a otras, la propuesta mexicana implica una transformación profunda de cómo se produce y legitima el Poder Judicial: pasar de un modelo de élites, donde los cargos y las jerarquías dentro de uno de los tres poderes de la nación son nombrado “desde arriba” (desde el poder político-económico), a uno de elección directa por la ciudadanía, modelo teóricamente más participativo y democrático.

En este sentido, no es simplemente una reforma administrativa, sino un cambio en la forma política, un cambio que involucra a quiénes tienen el derecho de definir lo que es justo y cómo lo harán, es decir, elegir a funcionarios para detentar cargos de central importancia para el país, por su probado compromiso con la sociedad y el interés común.

b) Desestabilización de la estructura fija

Graeber y Wengrow subrayan que una característica de la libertad política es la posibilidad de cambiar de forma social. En este caso, lo que estaba fijo —una élite judicial, legitimada por mecanismos institucionales cerrados— se vuelve materia de debate y de diseño colectivo. A partir de esto, México estaría haciendo explícita una reflexión política sobre qué tipo de justicia quiere, algo que normalmente se oculta bajo los procedimientos técnico-jurídicos.

c) Posibilidad de recomposición futura

Si el nuevo modelo no se estabiliza o fracasa (con la continuidad de la corrupción dentro del Poder Judicial, o de su lejanía con el ciudadano común), podría abandonarse o transformarse. Eso también estaría en línea con las prácticas que documentan Graeber y Wengrow: los humanos experimentan con diferentes formas de autoridad y pueden abandonarlas sin apegarse a una “línea evolutiva” única.

d) Imaginación política como motor de transformación

Para los autores, la libertad humana se manifiesta en la capacidad de imaginar y probar nuevas formas de vida y organización colectiva. Si bien la propuesta de elecciones judiciales ha generado temor e incertidumbre en diversos sectores de la sociedad mexicana, también pone en juego la posibilidad de reinventar a la autoridad judicial, no solo por necesidad, sino como ejercicio de imaginación política.

 

III. 

Las elecciones judiciales mexicanas son una forma de variación política: un intento de cambiar conscientemente la manera en cómo se organiza, aplica y distribuye el poder en un ámbito clave como la “justicia”, cuya construcción abstracta y conceptual es motivo de mayores discusiones. Pero esto puede verse como un ejercicio de la capacidad humana para la reinvención institucional, algo que ha existido a lo largo de la historia pero que el pensamiento moderno ha tendido a olvidar o a suprimir, por lo menos en las sociedades industriales y profundamente jerarquizadas. 

Por ello, insisto en que el debate en torno a las elecciones judiciales no es solo institucional o técnico, en el fondo, hay una disputa muy viva sobre qué se entiende por justicia, quién debe ejercerla y para quién debe funcionar. Así, a falta de seguir reflexionando con mayor profundidad y detenimento sobre el tema, propongo pensar la presente disputa en los siguientes planos:

1. Justicia como neutralidad vs Justicia como instrumento de transformación

  • Para los críticos de las elecciones judiciales, la justicia debe ser, ante todo, neutral, imparcial y técnica, sin importar quién la ejerza. Su ideal es el Estado de derecho, con garantías procesales, profesionalización y autonomía total de los tribunales. 
  • Para los defensores de las elecciones, la justicia debe estar al servicio del pueblo, “corregir” desigualdades históricas y democratizar el acceso a la ley. Aquí, el acento está en la finalidad social de la justicia, no solo en su forma.

En este choque, lo que está en disputa no es solo el método, sino la función política de la justicia.

2. Justicia profesional vs Justicia popular

  • La idea de elegir jueces por voto popular rompe, hasta cierto punto, con el modelo meritocrático de carreras judiciales. Esto confronta una concepción de justicia como saber especializado de unos cuantos (la justicia como expresión de “los mejores”) con otra que la entiende como un saber que puede ser común y en el que cualquiera podría participar (la justicia como expresión de “lo común”).
  • Este debate recuerda los modelos de justicia indígena o comunitaria, donde el juez no es un técnico aislado sino una figura de confianza social, que no se impone coercitivamente y que hace suyos los valores colectivos de su comunidad.

Aquí se discute quién y por qué tiene la legitimidad para decidir lo justo y lo injusto. 

3. Justicia universal vs Justicia situada

  • Algunos defienden la idea de que la ley debe aplicarse por igual para todos, lo que en abstracto suena bien, pero muchas veces ignora las desigualdades estructurales y cotidianas que hacen que este tipo de aplicación no sea justa para todos.
  • Otros impulsan formas de justicia situadas en el contexto social, cultural y económico, reconociendo que ciertas poblaciones —como pueblos originarios, las mujeres, la clase trabajadora— han sido históricamente excluidas o castigadas por la supuesta “universalidad” de la ley.

En este plano, lo que se discute es si la justicia debe ser ciega o consciente de las diferencias sociales, de la clase, del género, de la cultura, entre otras categorías socioculturales.

 

IV.

Las sociedades humanas han ensayado y ensayan distintos conceptos y distintas formas de impartir justicia a lo largo de la historia, y lo que hoy nos parece natural (como un sistema judicial centralizado, jerárquico y profesionalizado), después podrá ya no parecerlo, pues la sociedad se transforma y sus necesidades cambian, por lo que un sistema dado (como el aparato judicial del Estado liberal moderno), no es la única posibilidad ni es el fin de la evolución política.

Lo que ocurre hoy en México puede entenderse como una reapertura del horizonte político de la justicia, un momento en el que vuelven a entrar en tensión distintas concepciones sobre su sentido y su forma de impartición. Así, este proceso no solo pone en juego el diseño institucional “tradicional”, sino también la imaginación democrática y sus límites. La participación popular será decisiva para orientar una transformación que podría marcar un giro profundo en la manera de concebir la justicia en contextos donde las democracias contemporáneas enfrentan el desafío urgente de su propia refundación.

Referencia

Graeber, David y Wengrow, David (2023). El amanecer de todo. Una nueva historia de la humanidad. Ariel.

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